Uso de CFDI y régimen fiscal: qué son y cuál poner en tu factura

El uso de CFDI y el régimen fiscal son dos datos de tu cliente que lleva toda factura 4.0, y tienen que ir de acuerdo: si el uso no va con el régimen, la factura no se timbra. Aquí te explicamos qué son, qué significan las claves más usadas (G01, G03, D01, S01) y cómo elegir bien.

¿Qué es el régimen fiscal?

Es la forma en que tu cliente está registrado ante el SAT, según sus actividades e ingresos. Cada régimen tiene una clave de tres números. Los más comunes:

Viene en su constancia de situación fiscal. En la factura va el régimen con el que está registrado; si tiene varios, el régimen en el que va a aplicar esa factura.

Y tiene que ir con su RFC: a uno de 13 caracteres (persona física) no le va un régimen de persona moral, ni al revés.

SAT: catálogo c_RegimenFiscal y Anexo 20 de la factura 4.0 (campo RegimenFiscalReceptor); infografía «Como cliente, ¿qué datos necesito proporcionar?».

¿Qué es el uso de CFDI?

Es la clave que dice para qué va a usar la factura tu cliente: para su negocio, para sus deducciones personales o sin efectos fiscales.

Te lo dice tu cliente, y tiene que ir con su régimen: cada uso solo se puede poner con ciertos regímenes. Si no van juntos, la factura no se timbra.

SAT, Guía de llenado del Anexo 20 (campo UsoCFDI) y catálogo c_UsoCFDI.

Las claves de uso más comunes

A un asalariado (régimen 605) no le va G03. Si va a deducir el gasto en su declaración anual, su uso es una de las D (por ejemplo, D01 si es una consulta médica); si no, S01.

SAT, catálogo c_UsoCFDI del Anexo 20 (columna «Régimen Fiscal Receptor»).

Cómo elegir bien

  1. Pídele su constancia de situación fiscal y toma de ahí su régimen (y su nombre y su código postal, tal cual).
  2. Pregúntale para qué usará la factura.
  3. Revisa que ese uso vaya con su régimen. Si no va, la factura no se timbra: confírmalo con tu cliente.

Cómo lo hace Facturador GSP

  1. Das de alta a tu cliente subiendo su constancia: su régimen, su nombre y su código postal se llenan solos y se confirman con el SAT.
  2. Al facturar, el sistema te sugiere el uso según su régimen, y en la lista salen primero los que van con él; los que no van, no se pueden elegir.
  3. Antes de timbrar, revisa que el uso vaya con el régimen y que el régimen vaya con el RFC.

Además:

Preguntas frecuentes

¿Quién decide el uso de CFDI?

Tu cliente: es para qué va a usar la factura. Tú lo registras tal como te lo pide, siempre que vaya con su régimen.

¿Qué pasa si me equivoco de uso?

Si no va con el régimen de tu cliente, la factura no se timbra. Y si ya la timbraste y tu cliente le dará otro uso, el SAT indica cancelarla y hacer una nueva con el uso correcto.

¿Qué significa S01?

Sin efectos fiscales: tu cliente no va a usar la factura para efectos fiscales, como deducirla. Es la que va con público en general y con extranjeros.

¿Qué régimen y uso van con público en general?

Con el RFC genérico XAXX010101000 van el régimen 616 (Sin obligaciones fiscales) y el uso S01 (Sin efectos fiscales), y como código postal, el del lugar donde expides la factura. Con un extranjero (XEXX010101000), lo mismo.

¿Qué uso pongo si mi cliente está en RESICO?

Si es persona física en RESICO (626): G01, G03, una de las I o S01. Las D (deducciones personales) no van con ese régimen.

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Siguiente tema: PUE o PPD: cuál poner en tu factura y cuándo toca complemento. Si te pagan al facturar o después: de eso depende si haces complemento de pago.

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